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¿Qué debo saber antes de contratar un seguro?

¿Qué debo saber antes de contratar un seguro?

Eva María Rodríguez |

Da igual que vayas a contratar un seguro de coche, un seguro de salud, un seguro de hogar, un seguro de vida, un seguro vinculado a una hipoteca o cualquier otro tipo de seguro; porque hay cosas que son siempre igual. Y para que no te la dé con queso un comercial que te ofrece la oferta del siglo por teléfono o en la oficina de algún sitio, en este artículo te vamos a explicar algunas cuestiones clave que debe conocer antes de contratar un seguro. 

Antes de seguir va una recomendación: siempre que solicites un seguro, asegúrate (valga la redundancia) de que te dan presupuesto para lo que estás pidiendo, además de cumplir con todo lo demás que vemos a continuación.

⇒Lee esto también: Ventas combinadas y ventas vinculadas en la contratación de seguros

Lo que tienes que saber antes de contratar el seguro

En primer lugar, ten en cuenta que solicitar una oferta no es vinculante, ni para el asegurador ni para el asegurado. Otra cosa es la proposición de seguro, que es la oferta que hace el asegurador proponiendo las condiciones económicas y técnicas en las que llevaría a cabo la cobertura, para que sean estudiadas por el futuro asegurado. La proposición de seguro vincula a la aseguradora durante un plazo de 15 días.

En cuanto al contenido mínimo que debe tener la póliza, todo seguro debe incluir los siguientes datos:

  • Nombres y apellidos o denominación social de las partes, domicilio
  • Designación del asegurado y el beneficiario, si fueran diferentes
  • Naturaleza del riesgo cubierto
  • Designación de los objetos asegurados y de su situación
  • Suma asegurada
  • Importe de la prima, con recargos e impuestos
  • Fecha de vencimiento de la prima
  • Lugar y la forma de pago
  • Duración del contrato, concretando el día y hora en que comenzarán y terminarán sus efectos.
  • El nombre del agente que ha intervenido en el contrato, si lo hay
  • Cláusula que reconozca el derecho del asegurado a reclamar en el caso de que el contenido de la póliza no sea el mismo que figuraba en la proposición de seguro en el plazo de un plazo de un mes desde la entrega de la póliza.

⇒Lee esto también: Qué tipos de cláusulas hay en una póliza de seguros

Cuidado con la declaración del riesgo

Un aspecto muy importante que debe tener en cuenta cualquier persona que vaya a contratar un seguro es que tiene el deber de declarar el riesgo, por lo que debe responder de forma fidedigna al cuestionario que solicite la aseguradora, cuestionario que es obligatorio por parte de la aseguradora para que no pueda alegar que no se le ofreció información. Si el asegurado no indica los datos o son inciertos o inexactos la aseguradora puede rescindir el contrato o no hacerse cargo de las garantías.

⇒Lee esto también: ¿Qué entienden las aseguradoras por riesgo?

Revisa lo que no cubre el seguro

Por último, no puedes olvidar tener cuidado con la llamada letra pequeña. Debes saber que hay algunos tipos de cláusulas que puedes pedir que sean revisadas y a las que, en cualquier caso, debes poner atención. Son las siguientes:

  • Cláusulas lesivas: Aunque no son ilegales, sí que son inadmisibles y nulas, ya que pueden resultar injustas y desproporcionadas, lo que las convierten en cláusulas abusivas.
  • Cláusulas limitativas: Estas cláusulas limitan los derechos que han sido atribuidos en la póliza o en la Ley del contrato de seguro, o imponen alguna obligación adicional no prevista. Para que sean válidas deben estar destacadas de forma especial y deben ser aceptadas por escrito de forma específica.
  • Cláusulas delimitativas: Las cláusulas delimitativas establecen  el alcance de la cobertura que ofrece el asegurador y describen el hecho causante. La validez  de las mismas no está sujeta a requisitos específicos, sino a que estén redactadas de forma clara y precisa.

⇒Lee esto también: ¿Qué son las cláusulas limitativas en los contratos de seguro?

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