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¿Cuáles son los derechos garantizados en el seguro de vida entera?

Eva María Rodríguez |

Al contratar un seguro de vida entera, el asegurado tiene una serie de derechos garantizados. En este artículo te explicamos cuáles son los derechos garantizados en el seguro de vida entera.

Pero primero vamos a explicar en qué consisten los seguros de vida entera, que no son lo mismo que los seguros de vida riesgo.

Qué es un seguro de vida entera

Un seguro de vida entera garantiza al beneficiario un capital con el que compensar la pérdida de ingresos a causa del fallecimiento del asegurado o incluso facilitar a los herederos un capital con el que puedan atender los gastos de transmisión de bienes o garantizar el pago de las deudas o hipotecas sin necesidad de tener que recurrir al resto de la herencia que pudieran haber percibido.

En los seguros de vida entera, el asegurador está obligado a abonar un capital a la muerte del asegurado sin tener en cuenta el momento en el que esta se produce. La contraprestación pactada  puede darse en forma de renta o capital.

⇒Más información: ¿Qué es un seguro de vida entera?

Derechos garantizados en el seguro de vida entera

Los derechos garantizados en el seguro de vida enteras son cuatro:

  • Reducción
  • Rescate
  • Rehabilitación
  • Anticipos

Derecho de reducción

El derecho de reducción garantiza al asegurado la posibilidad de dejar de pagar las primas una vez transcurrido el plazo previsto en la póliza; o, como máximo, dos años desde la vigencia del contrato. Esto no faculta a la compañía asegurada para anular dicho contrato, algo que sí sucede en otros tipos de seguro.

En el caso de que el asegurado ejecute su derecho de reducción, las indemnizaciones se reducirán proporcionalmente a las primas abonadas por el asegurado hasta ese momento, de modo que el asegurado continúa siéndolo, pero con capital inferior al contratado en un principio.

⇒Más infromacion: Qué es el derecho de reducción en los seguros de vida entera

Derecho de rescate

El derecho de rescate le garantiza al asegurado la posibilidad de cancelar el seguro y recuperar todo el capital acumulado hasta el momento de la cancelación. No obstante, para poder ejercer este derecho y ejecutar esta garantía es necesario que hayan transcurrido al menos dos años desde que se firmó el contrato de seguro de vida y que las primas hayan sido abonadas durante ese tiempo.

Derecho de rehabilitación

En caso de haber ejercitado su derecho de reducción, el derecho de rehabilitación le garantiza al asegurado la posibilidad de retomar las características iniciales del seguro de vida anteriormente suscritas en la póliza; siempre y cuando abone las primas atrasadas y los intereses estimados.

Derechos a recibir anticipos

El derecho de anticipos garantiza al asegurado que el asegurador tendrá que anticipar la cantidad solicitada sobre la prestación asegurada tras haber satisfecho las dos primeras anualidades de la prima. Esto significa que el asegurador deberá adelantar al asegurado la cantidad solicitada por este en función del capital que haya garantizado a través del pago de las primas.

Estos adelantos se pueden solicitar incluso para pagar primas atrasadas del propio seguro. Esto significa que el asegurado puede obliga a que el asegurador mantenga la póliza activa mediante los anticipos solicitados por el asegurado sobre los capitales acumulados.

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